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Jueces evitan que la dádiva del Lago Escondido derive en juicio político 

Se produjo otro hecho escandaloso de acción corporativa en el Consejo de la Magistratura cuando se iba a tratar el caso de dádivas por el viaje de jueces a la mansión de Joe Lewis en el Lago Escondido. Los magistrados en busca de una prescripción, evitaron la sesión de la comisión de disciplina. Este legajo prescribe en septiembre.

La Corte rechazó planteos contra la guía de abortos no punibles

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Aborto_legal-Urtubey.jpgLa Corte de Justicia de la Provincia rechazó dos acciones de inconstitucionalidad que se presentaron en contra del decreto 1170/12, que enmarca la Guía de Abortos No Punibles en la provincia, para que el Estado garantice la realización de los abortos en aquellas niñas y mujeres que hayan quedado embarazadas por producto de una violación. Sobre este tema se habían presentado dos recursos de inconstitucionalidad con argumentos contrapropuestos.


El Foro de Mujeres por la Igualdad de Oportunidades, había sostenido que con el decreto provincial se ponía en riesgo a la mujer en tanto el judicializar el caso dilataba los tiempos para realizar el aborto. En este caso la medida era también acompañada por la Defensora Oficial Nº 4, Natalia Buira. Por su parte, Francisco Durand Casali, había hecho la presentación para rechazar directamente la posibilidad de realizar cualquier aborto.

Desde el grupo del Foro de Mujeres eran muchas las críticas ante las disposiciones de la Corte que en parte del fallo, y refiriéndose a las medidas que ellas presentaron, indicó “que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional”.

Los miembros de la Corte entendieron también que las disposiciones contenidas en el decreto provincial no aparecen aptas para vulnerar los derechos de las víctimas de violencia sexual, como lo sostiene la impugnante.

Ello porque, al tratarse de una práctica médica que produce la eliminación de un niño –según el derecho argentino- las medidas adoptadas no resultan inconstitucionales ni irrazonables, si se tiene en cuenta que el objetivo es evitar la existencia de ‘casos fabricados’ según expresamente lo indicó el Poder Ejecutivo al dictar el decreto cuestionado.

Se agregó que no se logró demostrar que lo indicado en la norma constituyera un “trámite desproporcionado” ni “un procedimiento dilatorio, al haberse fijado en los protocolos un plazo de 10 días hábiles para su realización”.

Con respecto a la acción popular de inconstitucionalidad presentada por Durand Casali, recordó el Alto Tribunal que “los cuestionamientos formulados refieren en realidad a lo dispuesto en el decreto, sin que las previsiones de la resolución ministerial conjunta hayan ampliado de manera alguna los supuestos en los que –según lo indicado en el decreto- los hospitales públicos pueden practicar el aborto a la mujer víctima de violencia sexual”. A ello agregaron que por falta de impugnación en tiempo, el decreto ha quedado firme.

La única mujer, ausente

Una de las abogadas del Foro, Graciela Abutt Carol, dijo a Nuevo Diario que los jueces centraron el debate “en el derecho a la vida como el debate fuera de la despenalización del aborto”. En ese punto, al disponer argumentos “conservadores”, entendió que “nunca se habla del derecho de las mujeres cuando planteamos que estaba mal reglamentada la interpretación del artículo 86” del Código Penal. Manifestó que los que van más a fondo con esta posición conservadora son los jueces Gustavo Ferraris y Guillermo Catalano quienes introdujeron el debate del derecho “a la vida del por nacer”. Entendió que la postura de estos dos últimos jueces es incluso “incoherente” si se tiene en cuenta que en todo caso, ante esos argumentos, deberían haber hecho “caer” la guía provincial.

Pero lo que más llamó la atención fue que el fallo se publicó el día que se ingresa en feria judicial, y cuando la única mujer que conforma la Corte de Justicia y es a su vez responsable de la Oficina de la Mujer, estaba ausente por un viaje. La letrada entendió, además, que la resolución de la Corte no coincide con los parámetros del caso FAL, que dio lugar a las resoluciones sobre abortos no punibles en todo el territorio nacional.

  • Fuente: Nuevo Diario de Salta

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