El abogado del foro local Guillermo Fleming radicó denuncia penal contra los jueces de la Corte de Justicia de Salta, Guillermo Alberto Posadas y María Cristina Garros Martínez, presidente y vicepresidente de la Corte de Justicia. Los acusa por los presuntos delitos de prevaricato e incumplimiento a los deberes de funcionario público.
El caso se detalla ampliamente en dos sendas notas publicadas en las ediciones del martes 10 y miércoles 11 de agosto por Nuevo Diario de Salta. La acusación de prevaricato [[La prevaricación es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público haya dictado una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas que dicha resolución es injusta. Esa actuación es una manifestación de un abuso de autoridad.]] contra dos altos Jueces de la Corte, forma parte de una causa en las que dirimen derechos sobre unas cien hectáreas en una zona altamente cotizada de San Lorenzo, que tiene un valor de venta de la tierra llega a setenta dólares por hectárea. Este sería el trasfondo de la disputa millonaria que lleva varios años.
La causa denominada Altos San Lorenzo SA vs Fleming Guillermo, es de larga data en el Poder Judicial. Fue resuelta en primera instancia el 31 de octubre de 2002 y luego en segunda instancia el 10 de diciembre de 2003. En la primera instancia se le daba la razón a Altos SA, mientras que en la segunda se le dio la razón a Fleming, aunque la cámara en este caso puntualizó que “hay elementos a favor de uno y de otro”, por lo que no fue contundente en su resolución aunque revocara la sentencia de primera instancia”, se comentó en fuentes judiciales.
La Corte de Justicia, el 5 de mayo de 2005, hizo lugar a un recurso de inconstitucionalidad y dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Ahí es donde, según Guillermo Fleming, habría prevaricato tanto de Posadas como de Garros.
Por un análisis estrictamente jurídico se interpretaría que también estaría en prevaricato hasta la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación, porque el 18 de julio de 2006, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó “in límine” el recurso presentado por Fleming, con lo cual la sentencia de 2005 quedó como “cosa juzgada”, por lo que ya no admite más apelaciones. Fleming apeló y otra vez el expediente está en la Corte. El objetivo de Fleming sería obtener el apartamiento de los dos jueces de Corte con la intención de buscar un fallo favorable.
Juicio de escrituración
La disputa comenzó como un juicio de escrituración, porque un inversor de origen chino que quería comprar tierras en San Lorenzo para un emprendimiento, vio que no podía hacerlo porque le cobraban más dinero del correspondiente. Entonces le encargó a Fleming hacerlo, quien con la plata del chino compró y escrituró a su nombre las tierras (tres catastros), se recordó en Tribunales.
Cuando el inversor le reclamó, Fleming hizo un interlineado de la escritura, pero reservó para sí un ejemplar sin la aclaración, por lo que hay títulos contrapuestos. Mientras, Altos San Lorenzo SA, entiende que las tierras son de su propiedad e incluso realizó construcciones, Fleming sostiene que son de su propiedad. A juicio de las fuentes judiciales del Nuevo Diario, se trata de un caso de mandatario infiel, es decir la persona que no cumple con la misión asignada pese a existir un compromiso para ello.
La causa suma ya siete cuerpos por la sucesión de apelaciones. Cálculos inmobiliarios indican que en San Lorenzo las tierras cotizan a entre 50 y 70 dólares por metro cuadrado. Y la superficie reclamada es superior a las 100 hectáreas, por lo que sólo hay que multiplicar 10 mil metros por 100 por el valor por hectárea para acercarse al trasfondo de la disputa.
Incluso sostiene Fleming que el terreno del Club House de Altos de San Lorenzo sería de su propiedad si se ajusta a la escritura original, no a aquella donde él de su puño y letra habría introducido el interlineado aclarando que compraba las tierras por cuenta y orden del inversor.
Tanto Posadas como Garros Martínez ya fueron llevados en otro momento a juicio político, acción que finalmente la Cámara de Diputados rechazara por falta de pruebas.
Qué dicen los expedientes
La sentencia dictada, en la que supuestamente los jueces cometieron los ilícitos penales denunciados, se emitió en un proceso civil por escrituración en el que los términos de la discusión quedó planteado entre la posición de la actora, que se atribuye derecho a la escrituración de los inmuebles bajo el argumento de que Guillermo Fleming realizó la compra actuando como mandatario oculto de Altos San Lorenzo S.A. y la del demandado Guillermo Fleming, que sostuvo haber comprado para sí y con dinero propio.
Con fecha 5 de mayo de 2005 los jueces denunciados, integrando la Corte de Justicia de la Provincia, dictaron sentencia en la causa “Altos San Lorenzo S.A. c/ Fleming Guillermo – recurso de inconstitucionalidad”, Expte. Nº CJS 26.052/04.
Dicha sentencia anuló el decisorio de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de fecha 10 de diciembre de 2.003, dictada por los jueces, Roberto G. Loutaif Ranea y Marcelo Ramón Domínguez, “basándose para ello en resoluciones contrarias a la ley (prevaricato de derecho), y en hechos falsos e inexistentes, (prevaricato de hecho), cuyo único hilo conductor entre los mismos, fue la voluntad específica de los juzgadores de favorecer a una de las partes del proceso”.
La sentencia de fecha 5 de mayo de 2005 dictada por los jueces denunciados, “prescindió de prueba decisiva e invocó prueba inexistente, no existiendo ninguna duda en el último de los supuestos mencionados que la conducta desplegada resultaría típica de la figura penal del prevaricato prevista en nuestro derecho positivo, sin perjuicio que en la hipótesis que prescinde de prueba decisiva, la conducta resulta igualmente típica por tratarse de un “hecho falso”.
El abogado Fleming solicita se tenga por formulada denuncia penal por la presunta comisión de los delitos de prevaricato y violación de los deberes de funcionarios públicos, en contra de Guillermo Alberto Posadas y María Cristina Garros Martínez.
También requiere que en su oportunidad, se solicite el allanamiento de la inmunidad de los acusados que actualmente se desempeñan como Jueces de la Corte de Justicia de Salta, remitiéndose a tales efectos, los antecedentes a la Cámara de Diputados de la Provincia, según lo establece la Constitución de la Provincia de Salta.
La inmunidad de los magistrados
El abogado denunciante dice que en el allanamiento de la inmunidad de los denunciados, es dable advertir que, por tratarse de Magistrados del Superior Tribunal de la Provincia, “es razonable esperar, como se esperaría de toda persona de bien, una actitud que esté a la altura de sus “cualidades personales”, lo cual se corresponde con la necesidad de que toda la actividad jurisdiccional se pueda desenvolver de manera clara y transparente, de modo que ante la posible comisión de un delito nada más saludable que preservar el derecho a que se los investigue, tanto para aquellos de quienes se sospecha como para quien denuncia.
Lo expresado, no se compadece con el hecho de ampararse en los fueros para eludir investigación y responsabilidad con relación a los hechos denunciados, amparo en los fueros que se descarta en el caso de personas honorables y de bien. A tales fines solicito se requiera a los jueces denunciados, manifiesten si se ampararán en los mismos o renunciarán a la prerrogativa”.
- Fuente: Nuevo Diario de Salta