–Por Carlos María Romero Sosa
El 14 de junio de 2016 falleció en la ciudad de Buenos Aires, meses antes de cumplir 93 años, el profesor doctor Julio César Otaegui, maestro del Derecho Comercial que enseñó durante décadas en la Universidad Católica Argentina de la que fue Vicerrector y donde formó numerosos discípulos.
Como publicista enriqueció la disciplina con libros fundamentales, así: “Administración societaria” (1979); “Concentración societaria” (1984); y, anteriormente: “Fusión y escisión de sociedades comerciales”, publicado en 1976 con prólogo de Jaime L. Anaya, otro relevante comercialista argentino. Esta obra constituye una exposición razonada y crítica de las mencionadas instituciones según las legisló en 1972 la ley 19550.
El doctor Otaegui fue un ejemplo de estudioso que lejos de aislarse en su gabinete, estuvo abierto a los desafíos que propone -e impone- el mundo actual con su imparable dinámica que tanto repercute en el plano social y consecuentemente en el ámbito jurídico. Sabía que es tarea de los doctrinarios del derecho así como de los legisladores y los magistrados –actuó como Conjuez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación-, mirar con espíritu abierto esos procesos de cambio. A la vez que entendía que la mejor forma de responder a ellos será bregando porque los valores de la Justicia y la Equidad no se diluyan en la vorágine de modernizar y adecuar ciertos conceptos jurídicos a los datos de una realidad no siempre racional con permiso de Hegel en el prefacio de su “Filosofía del Derecho”.
De allí que Otaegui expresara en alguna ocasión: “El Derecho Comercial es una disciplina compleja en la medida que tiende a mantener principios irrenunciables y a atender a realidades insoslayables.” Y tanto más vale lo dicho tratándose de una rama del derecho que hace a la organización económica de la comunidad y debe regular cuestiones lindantes con el espíritu de lucro impulsando normas contra la concentración monopólica, la cartelización que contradice el principio de la libre competencia y resulta una práctica en extremo desleal para con los consumidores o el enmascaramiento de actividades ilícitas bajo las figuras societarias. También le cabe promover, desalentando la especulación financiera, normativas en favor de la empresa -organización de capital y trabajo, o de medios personales, materiales e inmateriales tal cual la define la Ley de Contrato de Trabajo en el Art. 5- y atender a la consiguiente responsabilidad empresaria. Fiel a su visión cristiana y socialcristiana enfocada en el bien común, Otaegui diferenció el precio óptimo que resulta del libre acuerdo entre las partes contratantes en un mercado configurado por la libre concurrencia, del precio justo elaborado por el Derecho Canónico y que subordina la economía a la ética.
Entre otras distinciones, el doctor Otaegui recibió en 2006 el premio que otorga la Fundación Konex en la especialidad Derecho Comercial y Laboral. Entre 2007 y 2009 presidió la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires fundada en 1908 y en la que había ingresado el 23 de septiembre de 1999 en el sitial “Estanilao Zeballos” con un discurso de incorporación, pronunciado en sesión pública el 27 de abril de 2000, sobre “El grupo societario”.
Sucedió en la presidencia de la corporación al constitucionalista Alberto Rodríguez Galán y al finalizar su período lo sustituyó el penalista Eduardo Aguirre Obarrio.