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La ley de la silla

Ley_de_la_Silla.jpgEn estos tiempos en que concurrir de paseo y consumir en los “shoppings” es moneda corriente, resulta fácil advertir en esos centros de compras hasta qué punto se incumple con la legislación laboral vigente, que de manera escandalosa parece ir cayendo en “desuetudo”, aunque esa forma de caducidad tácita no sea admitida en nuestro sistema jurídico.


Me refiero a la sistemática violación de la ley 12205, sancionada el 23 de septiembre de 1935 a iniciativa del legislador socialista Francisco Pérez Leirós ( 1895-1971) -un histórico dirigente de los empleados municipales electo cuatro veces diputado nacional y autor de otros proyectos significativos como la instauración del “sábado inglés”.

Luego del tratamiento de la norma primero mencionada en la Cámara Baja la aprobó el Senado por unanimidad; se promulgó el 25 del mismo mes y fue publicada en el B.O. el 5 de octubre de ese año. Conocida como “Ley de la silla”, expresa en su artículo primero que todo local de trabajo en establecimientos industriales y comerciales, deberá estar provisto de asientos con respaldo en número suficiente para el uso de cada persona ocupada en el mismo.

Alfredo Lorenzo Palacios
Alfredo Lorenzo Palacios
En realidad ese plexo normativo tiene por antecedente la ley 5291 que reglamentaba el trabajo de mujeres y niños y fue promovida en 1907 por Alfredo L. Palacios, figura prócer de una Argentina posible: con justicia social y respeto por las libertades individuales. Sin embargo, al sufrir una modificación en 1924 por ley 11317, ésta no incluyó la disposición protectoria de referencia y ello debido, según comenta Palacios en su obra “La justicia social” (Editorial Claridad, 1954), a que se aspiraba a darle mayor amplitud ya que había consenso entre los parlamentarios sobre que debían poder usar asientos tanto las mujeres como los varones trabajadores.

Fue para zanjar ese bache legislativo, que Pérez Leirós retomó el tema del que fuera pionero en 1907 el primer diputado socialista de América, al promover en 1935 tan revolucionaria norma de higiene del trabajo.

En extremo de valorar es que lo hizo casi cuatro décadas antes de que entrara en vigencia la ley 19.587/72 de higiene y seguridad en el trabajo, con su novedosa impronta en la materia.-

  • Carlos María Romero Sosa

    Abogado y escritor.

    camaroso2002@yahoo.com.ar

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