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Dos condenas que reafirman el derecho a la protesta

En un fallo que reafirma el derecho a la protesta la que es negada por la ministra Patricia Bullrich, la Corte Suprema confirmó ayer las condenas de Rubén Santos del ex jefe de la Policía Federal y Enrique Mathov ex secretario de Seguridad del Gobierno de Fernando de Rúa, por la masacre de diciembre de 2001.

Organismos nacionales preocupados por el violento desalojo de originarios

El Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI), junto al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, manifestaron su preocupación por la integridad física y el respeto de los Derechos Humanos de los integrantes de las comunidades de Pueblos Indígenas de Quebrada de Tartagal, Quebracho y Sarmiento, desalojadas el viernes pasado en el Kilómetro 5 de la localidad de Tartagal.

El desalojo instrumentado por el juez Fernando Mariscal a pedido del fiscal penal N° 2 Pablo Cabot, es sobre una zona que las comunidades reclaman como su territorio. Mujeres fueron arengadas por policías varones, los chicos ante el susto escaparon al monte, y la Policía se llevó los documentos y hasta los útiles escolares, dejando a la comunidad asentada a la vera de la ruta y bajo los árboles, en medio de un calor intenso.

Desde los organismos se indicó que se trabaja a fin de que «se garanticen los derechos de las comunidades y de la normativa vigente, así como reclamamos a las autoridades provinciales y municipales que actúen de manera urgente como corresponde, para garantizar su derecho al territorio, el acceso a la justicia y el pleno goce a sus derechos básicos para la subsistencia como agua, alimentos y vivienda ya que esta medida de desalojo arrojó como resultado 30 familias (100 personas) apostadas a la vera de la ruta, en condiciones extremadamente precarias, significando un atropello a sus necesidades básicas», además de dejarlos en «una situación de alta vulnerabilidad social».

Se indicó que un funcionario del INAI detectó «vicios en cuanto al accionar del juez…Mariscal, a instancias del fiscal Cabot; entre ellos: 1- Dar curso a una solicitud sin respetar la plena vigencia de la Ley 26.160 y sus prorrogas amparadas por el Bloque Constitucional, 2-Se inician acciones penales contra tres particulares y el desalojo se ejecuta contra toda la comunidad, inclusive sin constatación previa de la ocupación».

Sostuvieron que «es notorio que estas acciones y desalojos se llevan a cabo mientras se está dando cumplimento al programa de relevamiento territorial de la zona».

Ante ello es que se reiteró el pedido de «asistencia urgente por parte de las autoridades provinciales, así como la adecuación a la normativa vigente desde los ámbitos judiciales para así respetar el pleno derecho de las comunidades preexistentes en nuestro país».

Repudio a la Justicia de Salta

El Partido Obrero manifestó su repudio a la medida y reclamó al Gobierno Provincial y a la Legislatura salteña que se haga derecho efectivo el derecho a la propiedad comunitaria de la tierra. “No sólo para la comunidad “El Quebracho” sino también para las 26 comunidades que en su mayoría tiene tenencia precaria de la tierra.

La necesidad de que quienes representarían a las comunidades Indígenas como el IPIS, se pronuncien y determinen acciones para hacer valer los derechos de los Pueblos Originarios”.

El PO dijo que “una vez más la Justicia salteña viola y desconoce el derecho colectivo de los Pueblo Originarios establecido en la Constitución Nacional”.

  • Fuente Nuevo Diario de Salta

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