El Sector Público de la Provincia, deberá ocupar en una proporción no inferior al 3% (tres por ciento) de la totalidad de su personal, a personas, Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT) que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo.
En el Proyecto de Ley, su autor Pablo Viel, sostiene que “la comunidad travesti, transexual y transgénero de Argentina se encuentra entre una de las poblaciones más vulneradas históricamente del país. La realidad de este colectivo está atravesada por un contexto de persecución, exclusión y marginación, teniendo grandes dificultades para el acceso a la igualdad de oportunidades y de trato”.
Argumenta además que “la mayoría de ellos vive en extrema pobreza, privados de los derechos económicos, políticos, sociales y culturales. Siendo expulsados desde niños de sus hogares y del ámbito escolar, quedando como única alternativa de subsistencia el ejercicio de la prostitución.
Esto demuestra que desde los Estados debemos generar todas las condiciones necesarias para la erradicación de la discriminación y garantizar la igualdad de derechos”.