En un documento que presentó el 14 de mayo la ADC , sostiene que la justificación que se ofrece para la ampliación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es errada e implica un severo desconocimiento de su labor como máximo órgano del Poder Judicial de la Nación en un sistema federal.
La ADC considera que los cambios bruscos en la composición de la Corte Suprema, en este caso por medio de su ampliación, son una herramienta que ha probado ser muy perniciosa en el pasado y que ha llevado a la formación en su seno de mayorías complacientes con el Poder que las nombró. Por otra parte, la justificación que se ofrece para esa ampliación es errada e implica un severo desconocimiento de la labor de la Corte Suprema como máximo órgano del Poder Judicial de la Nación en un sistema federal.
La competencia de la Corte Suprema, desde su creación y a través de las primeras leyes dictadas por el Congreso luego de la unificación del país a partir de 1860, estuvo siempre limitada a resolver conflictos de tres órdenes:
los que se suscitan entre el Gobierno central y las Provincias, producto de que no siempre están claramente delimitadas las competencias de uno y otro, dentro del esquema de federalismo que nos rige; los conflictos generados entre los distintos poderes del Gobierno central, pues la Constitución ha establecido un delicado equilibrio de frenos y contrapesos entre los tres poderes del Estado, y es necesario que la interpretación de las cláusulas de la Carta Magna que fijan ese sistema de frenos y contrapesos tenga un último árbitro, con capacidad de sentar reglas claras al respecto; los conflictos que se generan cuando los particulares entienden que algún acto de los poderes del Estado entra en colisión con un derecho constitucional que los ampara. Esta tarea la Corte viene ejerciéndola por alrededor de ciento treinta años y es lo que se conoce como el “control de constitucionalidad” de las leyes.
La ADC considera que no se aprecia la necesidad ni la razonabilidad de ampliar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para dotarla de una competencia que ni la Constitución ni la ley le asignan.