Romero vetó la «Ley de enganche»
A poco de la aprobación del pliego del último juez de la Corte Romerista, el gobernador Juan Carlos Romero envió la Cámara de Diputados el veto total a la polémica Ley de enganche de los trabajadores judiciales. Ahora resta que la Legislatura ratifique el veto a la Ley de porcentualidad de haberes del Poder Judicial.
El ministro de Gobierno, Víctor Manuel Brizuela explicó que se busca evitar comprometer a la nueva administración provincial, al sostener que ésta ley provocaría que el resto de los trabajadores estatales reclamen mejoras similares. Se trata de una cuestión de responsabilidad, ya que Romero no quiso poner en vigencia una ley que provoque retrasos salariales».
Por su parte desde el Partido Obrero se analizaron las declaraciones de Leopoldo Van Cauwlaert sobre el veto total a esa Ley constituyen «toda una señal» en el sentido de que el nuevo gobierno reivindicará la política salarial de su antecesor. Claudio Del Plá dijo sobre el coordinador de la transición, que llamar a un pacto social va a ser, poner un cepo a todos los salarios para continuar con las políticas que se desarrollaron a lo largo de este gobierno y que crudamente se expresan en el Proyecto de Disciplina Fiscal, presentado por Juan Carlos Romero.“Queremos denunciar y llamar la atención del conjunto de los trabajadores estatales, porque desde ya se arrancó atacando al único gremio que logró una conquista”, afirmó Del Plá.
En tanto hoy la polémica Ley de Enganche, ingresó al mediodía a la Cámara baja el Decreto Nº 3.450/07 remitido por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el cual se observa de manera total el proyecto de ley, sancionado por las Cámaras Legislativas, para reestablecer los regímenes legales de porcentualidad de las remuneraciones del personal del Poder Judicial y de la Procuración General.
Entre los considerandos del mencionado decreto expresan que resulta evidente la incompatibilidad entre el proyecto sancionado y la emergencia establecida por la Ley Nº 6.583, referida a la emergencia económica y administrativa de la Provincia, que aún se encuentra vigente en razón de las sucesivas prórrogas realizadas -la última de ellas dispuesta mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 3.115/07- con el objeto de evitar los riesgos que implicaría salir de la actual situación jurídica, sin contar con un nuevo marco legal que le permitiese al Estado el cumplimiento de los cometidos propios.
Otro de los considerandos manifiesta que en el proyecto de ley en análisis y en los debates parlamentarios que le precedieron -según versiones taquigráficas de las sesiones de fecha 13/11/07 y 15/11/07- no se explicitó cuáles serían los motivos que justificarían la derogación del artículo 19 de la Ley Nº 6.583 en exclusivo beneficio de los agentes del Poder Judicial y de la Procuración General; significando esto la exclusión de tal beneficio a todo el resto del personal de la Administración Pública y del Poder Legislativo, también comprendidos en la citada normativa. De manera tal que el proyecto de ley sancionado vulnera el principio de igualdad contenido en los artículos 16 de la Constitución Nacional y 13 de la Constitución Provincial, al consagrar un régimen privilegiado a favor de una fracción de empleados del Estado, en detrimento comparativo con el resto de los asalariados del sector público.
También se aclara que lo expresado no importa de manera alguna un demérito a la loable tarea desempeñada por los empleados judiciales o del Ministerio Público, ni implica tampoco un desconocimiento de las legítimas aspiraciones gremiales de obtener para sus representados el mejor nivel salarial alcanzable. Pero también expresa que no debe perderse de vista que se tratan de aspiraciones y no de derechos absolutos de un sector que pueden llevar a posicionar a sus beneficiarios por encima del interés general, generando erogaciones y consecuentes conflictos con los demás estamentos del sector público, impactos que luego serán soportados por todos los miembros de la comunidad salteña.