Tras el recorte de pensiones por discapacidad, efectuado por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales (CNPA) del Ministerio de Desarrollo Social, muchas fueron las versiones que circularon acerca de la medida.
Su presidente, Guillermo Badino, señaló que no se trata de un recorte de índole económica, sino de un mecanismo de control y detección de irregularidades, “tal como lo exige la norma vigente”, refiriéndose al decreto 432/97, que regula la entrega de pensiones, tanto por vejez como por discapacidad. Sin embargo, ese decreto ya no es un marco normativo válido, en tanto Argentina incorporó a su Constitución Nacional la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
El argumento del Ministerio de Desarrollo Social no condice con la enorme cantidad de familias que denuncian una quita injusta de la pensión, señalando los efectos directos que tiene esta medida en sus posibilidades de brindar a la persona con discapacidad la asistencia médica necesaria, cubrir sus tratamientos o posibilitarle una educación adaptada, por citar algunos de los ejemplos esgrimidos.