El martes 13 de Abril del 2010 ya no será un día común para la sociedad salteña sino que pasará a ser un día de Memoria, Verdad y Justicia, será el día que todos recordaremos como la primera sentencia condenatoria en contra de dos represores que, siendo parte del aparato represivo del estado terrorista implementado por la dictadura militar, fueron condenados a 20 años de prisión.
El Tribunal Oral Federal
en lo Criminal de Salta comprobó con certeza absoluta y en forma unánime que el estado terrorista mencionado funcionó en Salta, al decir del Ministerio Publico, con el manual en la mano, y así secuestraron y asesinaron al escribano Aldo Meliton Bustos.
Si bien los fundamentos del fallo serán leídos recién el 20 de Abril, la parte
dispositiva de la sentencia ha detallado y por ende comprobado la detención
ilegitima sufrida por la victima, su secuestro y homicidio, mas allá de la polémica
técnico-jurídica si el homicidio debió ser calificado (agravado) por el estado de
indefensión al que fue reducido el escribano Bustos aquel 2 de Febrero de 1978, lo
que hubiese cambiado sustancialmente la condena de 20 años en perpetua, y que podrá
ser motivo de Casación una vez conocidos los argumentos.
Ese mismo Estado Terrorista que secuestró y asesinó al Aldo Meliton Bustos, fue
también quien se encargó personalmente de fusilar a los presos políticos del penal
de Villa Las Rosas un 6 de julio de 1976 en el paraje Palomitas, y tantos otros
homicidios atroces cometidos que terminaron con la vida de cerca de doscientos
salteños que fueron víctimas de su accionar sistemático y organizado que en el
nombre del Estado sólo delinquieron. Ello fue comprobado por el Tribunal Oral
sentenciante y por ello la consideración de delitos de lesa humanidad, puesto que
habiéndose cometidos por el mismo Estado o con su aquiescencia en forma sistemática
y dirigidos a una población civil no prescriben y deben ser juzgados. La vuelta de
página debe ser con Justicia, como dijo nuestra Presidenta en el acto del 24 de
marzo en la ex ESMA.
Cuando decimos que estos hechos no deben cometerse Nunca más, nos referimos a que
nadie en nombre del Estado puede delinquir ni formar fuerzas paraestatales para
matar y/o torturar, robar bebes, ni cualquier otro delito; quien representa al Estado tiene una solo obligación que es irrenunciable e irreemplazable y es el Bien Común, no hay otra obligación por antonomasia que pueda agrietarla, y es esto lo que se juzga.
De igual manera esperamos avances y nuevas condenas en los demás juicios que aún hoy se encuentran en trámite, en especial la sentencia en la causa ‘Palomitas’ y el juicio oral y sentencia en la causa ‘Ragone’.
Por ultimo sobre la persona y las cualidades del escribano Aldo Melitón Bustos, alguna vez hablando con el Dr. Román Salim, amigo personal de éste, le pregunté, contestándome con unas breves palabras pero absolutamente descriptivas: “Era el hombre mas bueno del mundo”.-
Martin Avila
Secretario General de Memoria y Movilizacion Social – Salta.