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El amparo por la educación religiosa en escuelas salteñas a la Corte Suprema

religion.jpgLa Corte de Justicia decidió conceder el recurso extraordinario federal que fue interpuesto por padres de alumnos de las escuelas salteñas acompañados por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), por la instrumentación de la obligatoriedad de la educación religiosa en las escuelas públicas salteñas.


De los siete integrantes de la Corte (uno de ellos en reemplazo del juez Ernesto Samsón), cuatro votaron a favor de conceder el recurso extraordinario. Ellos fueron Graciela Kauffman de Martinelli, Félix Díaz, Abel Cornejo, y la jueza de Cámara, Graciela Carlsen. En contra de concederlo (posición expuesta por la Provincia, el Ministerio de Educación y el fiscal ante la Corte de Justicia), votaron el presidente de la Corte, Guillermo Posadas, además de los otros dos miembros, Fabián Vittar y Guillermo Catalano.

Entre los argumentos que tomaron Vittar, Posadas y Catalano, se creyó en la posición de la Provincia que negó “la imposición de la religión en el ámbito escolar”, además de coincidir con el fiscal en la falta de argumentos de quienes apelaron la última resolución de la Corte para presentar el recurso extraordinario. En su última resolución, los integrantes del máximo tribunal salteño, revocó la decisión de un juez de primera instancia de impedir las prácticas católicas durante el horario escolar.

Kauffman, Cornejo, Díaz y Carlsen por su parte, coincidieron en que era factible el recurso extraordinario desde el momento que se cuestionaba que la Ley de Educación salteña, al imponer la obligatoriedad de la educación religiosa, podría contradecir lo establecido por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Discriminación en acción

corte_de_justicia_de_salta.jpgKauffman agregó en su voto que la Corte tiene “por probados los rezos obligatorios al comienzo de las jornadas, la colocación al comienzo de cada día de una oración en los cuadernos… la bendición de la mesa”. Agrega que esto implica un conflicto constitucional planteado entre la normativa convencional y constitucional y el ordenamiento jurídico local que regula la enseñanza religiosa (católica) como materia curricular obligatoria en las escuelas públicas de Salta, así como la promoción y tolerancia del Estado provincial de las prácticas escolares mencionadas.

Díaz, por su parte, expuso en sus fundamentos aquellos vertidos por los apelantes que, entre otras cosas, apuntaron contra “la medida contenida en la sentencia impugnada (la de la Corte de Justicia), de separar a los niños que no desean recibir instrucción religiosa de aquellos que sí la desean”. Y es que ello “atenta directamente con el carácter neutral e integrador que debe tener la escuela pública y contra el principio de no discriminación por motivos religiosos”.

Podría sentar precedentes

La representante legal por los padres y ADC, Gabriela Gaspar, indicó a Nuevo Diario que la resolución de este amparo podría sentar un precedente en el país y para otras provincias, en donde comenzó a disponerse la obligatoriedad de la religión en las escuelas.

Respecto de la postura de la Provincia que negó “que se hayan realizado prácticas discriminatorias”, y que “ha quedado demostrado que en la Provincia está garantizado el derecho de los padres y/o tutores a decidir sobre la inclusión o no de los niños en las clases de religión”, Gaspar indicó que desde el momento que se instrumentó la Educación Religiosa hasta ahora “no hubo modificación en las actitudes” de las autoridades directivas de los establecimientos educativos. Pues las prácticas obligatorias del culto religioso “siguen estando en claro en las escuelas del norte, además de que se siguen escribiendo en los cuadernos frases alusivas que tienen que ver con Dios y la Iglesia Católica”.

Planteó su expectativa de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación pueda establecer una decisión que encauce la vuelta a un Estado Laico.

Fuente: Nuevo Diario de Salta

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