“Con respecto a la condena a un año de prisión en suspenso e “inhabilitación especial por un año para ejercer el periodismo y costas”, de parte del Juez Correccional y de Garantías 1ra. Nominación, Héctor Hugo Martínez, por haber manifestado “Romero, sos un delincuente de la peor calaña”, o “delincuente común y silvestre”, no sólo que repudiamos la irregular e ilegítima condena y nos solidarizamos con el periodista Sergio Enrique Poma, sino que desde ATAP compartimos y ratificamos literalmente sus conceptos y lo hacemos extensivo a los funcionarios Walter Raúl Wayar y Néstor Javier David. Así, y por una razón de obviedad, contradecimos la opinión de su abogado defensor y ratificamos que el gobernador Romero como funcionario público, no es un hombre honesto”.
Así, porque inferimos que no hay mayor título que el de ciudadano, y que éste debe saber cuáles son sus derechos y garantías que la Carta Magna y los Tratados Internacionales con rango constitucional consagran a favor de los ciudadanos republicanos, nos hacemos eco y enumeramos algunos de ellos.
El artículo 14º, entre otros establece: publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; según el articulo 16º, todos los habitantes son iguales ante la ley; el artículo 18º, prevé la seguridad y garantías individuales; el artículo 19º, garantiza la libertad de conciencia; el artículo 28º, gobernado por el principio de razonabilidad, preserva el valor justicia al prohibir a los órganos del poder alterar los principios, derechos y garantías de la Constitución Nacional; en el artículo 31º, la seguridad jurídica tiene su fuente constitucional, cuando se refiere al orden normativo, la pirámide jurídica, el orden de prelación de las normas; el artículo 32º, garantiza y tutela la libertad de expresión; el artículo 36º, dispone que todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren actos de fuerza en contra de la Constitución Nacional; el artículo 75º, establece la operatividad de los derechos, la constitucionalización de los Tratados y/o Convenciones de Derechos Humanos, los Tratados con jerarquía superior a las leyes.
En rigor, como ciudadanos, consideramos que el fallo es insoslayablemente arbitrario porque viola la esencia del orden constitucional. Es una prevaricación y ofensa al sistema republicano.
Así, el Poder Judicial no solamente tiene el rol de impartir justicia en los trances que surjan entre los particulares, sino también tienen el deber de defender los derechos de los ciudadanos del uso del poder delegado a los funcionarios del Estado sin límites constitucionales. Porque el derecho, como herramienta de la verdad, hace justicia y denuncia injusticia, porque el derecho es justicia o no es derecho. El derecho como verdad no calla ni tolera la injusticia. Sólo con jueces verdaderos, únicamente dependientes de la República, la seguridad jurídica deja de ser una quimera.
En Salta, donde la seguridad jurídica está quebrada para una inmensa mayoría de ciudadanos, el Poder Judicial no es independiente, más bien venal dependiente, apéndice, un instrumento connivente del Poder Ejecutivo Provincial para acallar voces críticas y blanquear sus fechorías. Existen fiscales y jueces gregarios, correveidiles, con mentes colonizadas o domesticadas por el gobernante de turno y particularmente en el caso del actual titular del Ejecutivo, símbolo de la bajísima calidad institucional. Un personaje público, notorio e impune, ligado a la historia de 12 años lacerante de literal violación al estado de derecho.
Así, entre las diversas anormalidades de Juan Romero como funcionario público, algunas de ellas haremos conocer oportunamente, ahora nos referiremos a tres ejes centrales de la gestión pública de porque pensamos y decimos que Romero, y los funcionarios Walter Raúl Wayar y Néstor Javier David, que han conformado una especie de asociación ilícita para cometer serias tropelías y desmanes en la administración de la cosa pública, son: “delincuentes de la peor calaña” o “delincuentes comunes y silvestres” o terroristas que transgreden constante, deliberada e impunemente el estado de derecho incluido el Código Penal de la Nación.
1) Robo del Adicional Fijo Ley Nº 6.929.
Metafóricamente nos dijeron: arriba las manos, esto es un atraco. En otras palabras, nos señalaron: el estado somos nosotros. No hubo procedimiento legal que hiciera valer nuestros reclamos. Los mencionados funcionarios nos robaron literalmente el Adicional Fijo Ley Nº 6.929 –que se estableció por iniciativa del propio Ejecutivo, para rebajar el sueldo a los trabajadores estatales-, que formaba parte de los haberes o ingresos mensuales que sirven de sustento primordial para proteger nuestras familias, en el periodo enero de 1.997 a junio de 2.005, a los trabajadores de la Administración Centralizada Provincial, en connivencia con la Fiscal Penal Nº 1 del Ministerio Público, Emma Puentes y el Juez, Martín Fernando Pérez, del Juzgado de Instrucción Formal Primera Nominación.
2) “Administran” la Hacienda Pública con una denominada “Ley de Administración Financiera” y un Decreto Reglamentario de la misma, literalmente “trucha”.
Los funcionarios cuestionados son responsables –inclusive, el actual Senador Fernando Yarade– de la imputación o registración contable de la Hacienda Pública Provincial o cosa Pública (el propietario es el pueblo) en función de un “Proyecto de Ley de Administración Financiera” y un “Proyecto de Decreto Reglamentario” que legalmente en la práctica, los hipotéticos instrumentos públicos no existen.
Este procedimiento sistemáticamente irregular se empezó a implementar en los primeros días de enero de 2.004, y actualmente se sigue produciendo el mencionado vicio. Es decir, hace virtualmente 4 años que se está llevando a cabo este singular y manifiesto ilícito, y tácitamente con la permisividad y/o connivencia de los órganos de control constitucional y legal competentes: Fiscalía de Estado, Sindicatura General de la Provincia y Auditoria General de la Provincia.
Como contrapartida, sin autoridad moral, por ejemplo, estos abyectos sujetos realizan iniquidades con los vendedores de ropa usada, trabajadores de los denominados remises truchos, vendedores ambulantes, pequeños y medianos comerciantes, etc.
3) Se ha vulnerado premeditada e ilícitamente el artículo 52º de la Constitución de la Provincia, para borrar las huellas del saqueo de la cosa pública.
Este artículo en el tercer párrafo, expresamente señala: “El acervo histórico, arqueológico, artístico y documental forma parte del patrimonio cultural de la Provincia y está bajo la guarda del Estado”. En idénticos términos se refiere la Ley Nº 6.649 del Patrimonio Cultural de la Provincia.
Con el pretexto de la modernización de la gestión pública, el paradigma de la decadencia institucional y sus compinches, y con la complicidad de los miembros de la Corte de Justicia de Salta, tercerizaron o derivaron la custodia y conservación de la documentación pública a la empresa de transporte Plumada S.A., entre otras. Con el único propósito de borrar las huellas del saqueo.
Así, la Corte sostuvo que: sólo por el peso del papel entregado bajo su custodia no evidencia “irrazonabilidad manifiesta”. Recordamos que en una cláusula del contrato, desvergonzada y sugestivamente dice: “El proveedor se responsabilizará, en caso de pérdida, robo, sustracción, destrucción total o parcial, desaparición o siniestro de una caja bajo la custodia del Proveedor, exclusivamente y hasta el límite máximo del valor kilo papel, excluyendo otro valor que pudiera tener, más un monto equivalente al valor de 1 año de guarda de una caja”.
En rigor, oportunamente dijimos, no es una cuestión de ideología, criterio, o método de cómo se debe administrar un bien público, como es la guarda o resguardo de la documentación patrimonio del Estado Provincial. Si es más eficaz la lógica perversa del mercado o el autoritarismo del dirigismo. Dijimos que tampoco es sensación, sino literalmente evidencia de la cultura del vandalismo y la prepotencia de los violentos. Un retrato social de la exuberancia de la cleptocracia del Romerismo.
Reiteramos nuevamente para que no quepan dudas, se trata de borrar el abominable rastro o huellas del saqueo público que se realizó y se sigue llevando adelante, en los últimos 12 años de gestión infame en la Administración Pública de la Provincia de Salta, por la conocida y emblemática facción de funcionarios bandidos o asociación ilícita encabezada por el administrador público Juan Romero.
No se trata aquí de agregar un repudio adicional a la avaricia. Sólo de aclarar, para que no hallan dudas: esta es una historia de facinerosos de una deshonestidad escatológica y no apenas errores de gestión. Así, como una metáfora, ésta es la capacidad, experiencia y futuro que nos ofrece a los ciudadanos salteños, la fórmula de la continuidad para seguir administrando o depredando la cosa pública en la Provincia: Walter Wayar y Javier David.
- Miguel Rojo, Eduardo Vargas y Sergio Ibarra, Secretario General, Secretario Adjunto y Secretario de Organización respectivamente, de la Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial y Municipal de Salta (A.T.A.P.).