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Murió condenado por delitos de lesa humanidad

Marcos Levin, ex dueño de La Veloz Norte, juzgado y condenado por crímenes de lesa humanidad por el secuestro y torturas de sus 17 trabajadores durante la dictadura cívico-militar, falleció el sábado 21 de diciembre a las 8:30 horas en el Hospital Italiano en la provincia de Buenos Aires.

Foro de discusión sobre derechos sexuales y reproductivos

El viernes 12 de Setiembre, a partir de las 10, en el Salón A de Arte y Cultura de la U.N.Sa., Alvarado Nº 550, tendrá lugar un “Foro de discusión sobre derecho sexuales y reproductivos”, organizado por el Grupo CoNDeRS-Salta, comisión de la Mujer de la U.N.Sa. Grupo Pensar el Genero.

Es objetivo del foro aunar esfuerzos en la exigibilidad de la reglamentación de la Ley Provincial Sobre Sexualidad Responsable Nº 7311/04 que fue sancionada el 24 de agosto de 2004, ya que de conformidad con el Programa Nacional de salud Sexual y Procreación Responsable, creado por Ley Nacional Nº 25673 y los Artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial, el Estado Nacional y Provincial reconocen el derecho a la salud sexual y reproductiva.

Como es sabido, diversos instrumentos internacionales de derechos humanos han consagrado el derecho a la salud sexual y reproductiva. Dichos instrumentos se encuentran en lo más alto del ordenamiento jurídico argentino, es decir, gozan de jerarquía constitucional (C.N. art. 75, inc. 22). Entre ellos se encuentran la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 25), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art.. 12), la Declaración de la CEDAW
(Art. 16 inc. e), la Declaración Americana de los Derechos del Hombre (art. XI), el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, denominado “Protocolo de San Salvador” (art. 10).

Por lo tanto, es deber impostergable de la autoridad pública cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva mediante acciones positivas, en forma efectiva y hasta el máximo de sus recursos disponibles.

En este caso puntual, se trata de aprobar la reglamentación de la Ley Sobre Sexualidad Responsable Nº 7311/04, que en su Artículo 1º crea el Programa de Salud Sexual u Procreación Responsable, para dar respuestas concretas a las necesidades del Área de Maternidad e Infancia que representa el 70% de la demanda en salud en
la provincia de Salta.

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