La Corte de Justicia de Salta rechazó un recurso de casación y dejó en firme la decisión de la Cámara Segunda en lo Criminal que desestimó el otorgamiento del beneficio de suspensión de juicio a prueba para una mujer imputada por el delito de lesiones agravadas por el vínculo porque le había quemado las manos a su hijo como castigo.
La causa llegó a la Corte de Justicia por vía del recurso de casación.
La mujer, ofrecía como reparación del daño producido cien pesos, de acuerdo a sus posibilidades económicas. Pero ni la víctima, un menor de edad, ni su padre, aceptaron la propuesta, lo que dio lugar al rechazo del otorgamiento del beneficio.
El menor de edad sufrió quemaduras de primer y segundo grado en la cara palmar derecha e izquierda curables en el término de 35 días, de acuerdo a la evaluación médica. Psicológicamente la agresión le provocó además una alteración y una disminución de sus funcionalidades por la vivencia negativa en la dinámica familiar.
Para desestimar la casación y el otorgamiento del beneficio de la suspensión del Juicio a Prueba (probation), la Corte de Justicia recordó que el ofrecimiento de reparación del daño para acceder debe ser razonable y en este caso concreto consideró la propuesta como absolutamente irrazonable, todavía más tratándose de un hecho de violencia familiar en perjuicio de su propio hijo.