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Desmienten a El Tribuno sobre una Ley Fitosanitaria relativa al brote de dengue en Orán

El Bloque de Diputados Justicialistas desmintió a Diario El Tribuno y aclaró mediante un comunicado de prensa, sobre la Ley de Fitosanitarios relativa «al supuesto brote de dengue en Orán que no es tal». Los Diputados salieron al cruce sobre la opinión vertida por el periodista Francisco Sotelo quien hace una «grave acusación» al Cuerpo Legislativo de la Provincia.

Los legisladores esperan que la nota sea «una fallida interpretación de la Ley y no una acción malintencionada». El comunicado completo que elaboraron dice textualmente lo siguiente:

«A raíz de una nota de opinión publicada en la edición del día 14 de mayo en el diario El Tribuno, firmada por Francisco Sotelo, el bloque Justicialista, que trabajó y apoyó la Ley de Fitosanitarios, quiere aclarar y clarificar las dudas tras la grave acusación que realiza el periodista, adjudicándonos un supuesto brote de dengue en Orán.

En dicha nota Sotelo señala que la ley “prohíbe el uso de cipermetrina, que es el producto que se usa para combatir el dengue”.

Sinceramente no sabemos en base a qué artículo de la Ley sancionada hace dicha interpretación libre, ya que en ningún momento se realiza una clasificación de los químicos permitidos, por el contrario, en el artículo 5 se expresa que “En las producciones vegetales queda prohibida la tenencia o aplicación de productos fitosanitarios cuyo uso no esté autorizado por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Registro de Productos Fitosanitarios y Plaguicidas de la Provincia de Salta conforme al Art. 122 de la Ley Provincial N° 7070”.

O sea se somete esta Ley a reglamentaciones ya vigentes desde hace varios años, tanto a nivel nacional como provincial.
Ante la ausencia de evidencias en la nota, nos vemos obligados a seguir interpretándola, por lo que suponemos que esa supuesta prohibición puede haber surgido del artículo 27, que refiere a la “prohibición de la aplicación terrestre de productos fitosanitarios DE USO AGROPECUARIO sobre las zonas urbanas y suburbanas”. Claramente los productos utilizados para combatir el mosquito transmisor del dengue, no son de uso agropecuario, por lo que la cipermetrina lejos está de ser prohibida, ya que además se trata de un producto prácticamente inocuo. El uso y aplicación de cipermetrina no está prohibido.

Por último, y más allá de los argumentos ya mencionados que demuestran que en ningún momento se prohíbe el uso de la cipermetrina, mal estaría decir que esta Ley obstaculiza la lucha contra el dengue, simple y llanamente porque no es todavía de aplicación efectiva hasta tanto se la reglamente (para lo cual rige un plazo de 180 días desde su promulgación por el Ejecutivo Provincial).

Además es bueno aclarar, que a partir de inquietudes planteadas por diputados en el recinto, se citó a la Cámara al director de epidemiología, Alberto Gentile, quien explicó, con números concreto y argumentos sólidos, que el supuesto brote de dengue no es tal y que fue por su decisión, basado en la Ley 7070, no aplicar insecticidas en Orán, ya que lo considera un elemento de último recurso cuando la gravedad de la situación lo amerite, que no era el caso de esa ciudad.

Desde el bloque del PJ queremos que quede claro que el motivo y fundamento en el que los legisladores nos basamos para sancionar dicha Ley fue EN CUIDAR LA SALUD HUMANA de los efectos nocivos y mortales que producen los agroquímicos utilizados irresponsablemente, tanto en el que los aplica, como en los que sufren las fumigaciones de campos vecinos.

Por eso también es que consideramos ridículo el intento de descalificar esta ley porque está basada en un antecedente similar vigente en Neuquén. Las leyes tienen la obligación de ser buenas y útiles, no de ser originales, por lo que como legisladores no dudamos en aprovechar y adoptar normativas vigentes en otros lugares del país y del mundo que puedan servirle al pueblo de Salta.

Por último queremos aclarar que no es nuestro estilo salir al cruce de esta manera de las distintas opiniones que se dan en los medios de comunicación, pero en este caso nos vimos obligados por lo grave de la acusación que se hace al Cuerpo Legislativo y que esperamos se haya tratado de una fallida interpretación de la Ley y no una acción malintencionada».

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