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«Levin tiene clara responsabilidad en delitos de lesa humanidad»

horacio_verbistky.jpgEl periodista Horacio Verbistky sostuvo el miércoles 10 de febrero que de los 20 patrones comunes encontrados en las prácticas represivas de la década del 70, en relación a la responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad, en el caso de La Veloz del Norte hay por lo menos 14, por lo que consideró a este uno de los casos más claros.


El presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) declaró por videoconferencia desde Buenos Aires en el juicio que se sigue al empresario Marcos Jacobo Levín y se refirió al informe “Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad: represión a los trabajadores durante el terrorismo de Estado”, publicado el año pasado.

Levín, y tres policías retirados que en los 70 prestaban servicios en la Seccional 4° de esta ciudad, están acusados por la detención ilegal y las torturas a Víctor Manuel Cobos, en enero de 1977. Esa misma suerte corrieron al menos otros 15 trabajadores de la empresa La Veloz del Norte, que por entonces le pertenecía a Levín, pero esos casos no llegaron a juicio todavía. Se estima que 22 trabajadores fueron denunciados por Levín.

Verbistky sostuvo que este hecho es parte del plan represivo ideado con el objetivo de disciplinar a los trabajadores para aplicar un plan que beneficiara a los grandes grupos empresariales. Interrogado por una hora, el periodista repasó conceptos del informe y propios (dado que ha sido un militante del campo de organizaciones de izquierda y ha publicado investigaciones sobre esa época).

En el informe, en cuyo Tomo se toman 22 empresas que participaron en la represión, se detallan algunos patrones que se cumplen en el caso de La Veloz: la entrega de listas de empleados acusados de subversivos, el señalamiento de blancos o delegados, el facilitamiento de direcciones, fotos, legajos personales, el apoyo de logísticas.

En La Veloz la denuncia por defraudaciones que realizó Levín el 21 de enero de 1977 “brindó las herramientas formales necesarias para efectuar las detenciones a los trabajadores supuestamente involucrados en la estafa”. El primer detenido fue el guarda Ciriaco Nolberto Justiniano, quien habría señalado al resto de los acusados.
Para llevar a cabo estas acciones la empresa proveyó la logística: vehículos personales y micros de media y larga distancia y galpones para la ejecución de los secuestros; organizó los turnos para facilitar las detenciones y entregó listados. Además, abonaba un salario al subcomisario Víctor Hugo Bocos (que ahora está siendo juzgado) y los mismos ejecutivos de la empresa (Levín y su jefe de Personal, Grueso, concurrieron al lugar de detención y torturas).

Como contrapartida, Levín exigía a las fuerzas de seguridad que “actuaran protegiendo sus intereses”. El informe reseña en apoyo a esta afirmación la nota publicada en el diario El Intransigente el 20 de marzo de 1976, que da cuenta de que los empresarios del transporte enviaron una carta al Jefe de Policía, Miguel Raúl Gentil, solicitando que se aplicara la Ley de Seguridad del Estado a los miembros de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), cuya directiva integraba Cobos. Los empresarios también mandaron notas a la Guarnición Militar de Salta y al delegado de la Policía Federal.

Asímismo, Verbistky recordó además que durante la dictadura la empresa de Levín empresa habría sacado provecho de este vínculo con las fuerzas represivas ganando nuevas rutas de circulación. Y el terror le permitió reorganizar el trabajo y limitar la participación gremial.

Sentencia el 14 de marzo

Este fue el último testimonio en este proceso. El debate se retomará el próximo 16 de febrero, a partir de las 16, con la lectura de prueba documental. Los alegatos comenzarán el 22, por las querellas, y concluirán el 7 de marzo. Si los plazos previstos se mantienen, la sentencia se conocerá el 14 de marzo.

Informe: Elena Corvalán

elenac75@yahoo.com

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