Un documento presentado a los/las legisladores/as expone los fundamentos por los cuales la ADC considera necesario que se genere un debate informado y participativo respecto a la necesidad de sancionar una ley que permita la interrupción voluntaria del embarazo temprano. La ADC considera que esta medida protegerá el derecho de las mujeres a la vida, a la integridad personal, al más alto nivel de salud, a la dignidad, a igualdad, a la no discriminación, a la intimidad y autonomía en las decisiones relativas a su sexualidad y reproducción.
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) considera necesaria la discusión parlamentaria para lograr la sanción de una nueva legislación que permita la interrupción voluntaria del embarazo temprano. Para ello presentó un documento a los/las diputados/as y senadores/as del Congreso de la Nación con argumentos constitucionales que pueden contribuir al debate legislativo que se ha venido desarrollando y que se espera siga avanzando durante el año.
La ADC advierte que el aborto es un grave problema de salud pública en Argentina. Se estima que en el país se realizan entre 486.000 y 522.000 abortos clandestinos al año. Según estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación del año 2009, anualmente mueren más de 100 mujeres por causas relacionadas a abortos practicados en condiciones inseguras, los que desde hace 20 años constituyen la primera causa de mortalidad materna y representan un tercio de estas muertes. Las víctimas son mayoritariamente mujeres pobres y de escasos recursos.
Desde 1921, el art. 86 del Código Penal exime de pena la interrupción del embarazo que es practicado cuando exista peligro para la vida o la salud de la mujer, y cuando el embarazo provenga de una relación sexual no consentida. Sin embargo, la ADC señala que en la práctica esta norma fracasa.
El fracaso de esta normativa ocurre porque:
1) El aborto no punible es virtualmente inaccesible;
la criminalización del aborto no disuade a las mujeres de practicarse abortos clandestinos;
2) La norma es escasamente aplicada por los tribunales, lo cual se desprende de la “significativa diferencia entre las cifras del aborto clandestino y las de mujeres encarceladas por el delito de aborto”;
3) La criminalización dificulta en ocasiones la efectiva implementación de otras políticas públicas tendientes a la reducción de la mortalidad materna — como la provisión de anticonceptivos, anticoncepción de emergencia, y educación sexual;
4) Induce a las mujeres a recurrir a métodos de aborto riesgosos para su salud y su vida,
5) Viola los derechos humanos de las mujeres.
Por otra parte, la ADC afirma que la despenalización del aborto temprano no contradice el sistema jurídico argentino, y propone a los legisladores que una ley de despenalización del aborto incorpore un periodo donde la interrupción voluntaria del embarazo esté permitida sin que se deban expresar motivos taxativos establecidos en una ley.
La ADC concluye enfatizando que la ley que existe actualmente en Argentina sobre abortos no punibles ha probado ser una medida ineficaz, por lo que la despenalización del aborto temprano constituye una reforma imprescindible para resolver un grave problema de salud pública. Por tal motivo, invita al Congreso Nacional a avanzar con un debate serio, robusto y comprometido para eliminar las barreras legales que actualmente impiden a las mujeres el pleno goce de sus derechos, a la vez que las somete a una desigualdad injustificada en la sociedad argentina.