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El genocida Nazario y la complicidad política que sobrevive al horror

La revocación de la absolución del genocida Sergio Raúl Nazario, ex funcionario de Juan Carlos Romero, reabre el debate sobre las redes políticas que lo protegieron. Lo que El Tribuno no te contará ni informará. Nazario no fue un fantasma del pasado. Fue funcionario del ex gobernador que ocupó espacios de poder en democracia como para tapar sus crímenes con un nombramiento. Entre los despachos y los vuelos de la muerte, la memoria vuelve a exigir justicia.

La Corte confirma el pago del 30% del precio de tapa del diario La Nación a los canillitas

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La Corte de Justicia de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que intimó a una distribuidora local (léase Horizontes-El Tribuno) del diario y las revistas de La Nación a reconocer el pago porcentual del 30% sobre el precio de tapa de todas las revistas que entreguen para la venta a los kiosqueros y canillitas matriculados pertenecientes al Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas.

La Corte tiene dicho que la vía del amparo es improcedente cuando el objeto es una pretensión de índole patrimonial. Y si bien en esta causa existe una pretensión de índole patrimonial las pruebas producidas en la instancia anterior y la documentación “constituyen mérito suficiente para apartarse de aquella doctrina e impiden, en modo alguno, decidir en este estado que el actor transite las vías administrativas y/o judiciales legalmente previstas en procura de su reclamo, a fin de no incurrir en un exceso ritual manifiesto y en un desgaste jurisdiccional innecesario con el consiguiente menoscabo a derechos amparados por normas constitucionales.”

Los jueces del alto Tribunal sostuvieron que la acción resulta procedente porque se endereza a lograr una efectiva protección de derechos lo “que habilita obviar las debidas instancias ordinarias administrativas o judiciales, siempre que aparezcan, de modo claro o manifiesto, la ilegitimidad de una restricción cualquiera a alguno de los derechos esenciales de las personas, así como el consiguiente daño que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos comunes, correspondiendo, en tales casos, que los jueces restablezcan de inmediato el derecho restringido”.

Redacción SL
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